Corte Internacional de Justicia. Caso 171

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El 29 de marzo de 2018, la República Cooperativa de Guyana demandó a Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de conformidad con el parágrafo primero del artículo 36 del Estatuto de la CIJ (Estatuto), el parágrafo primero del artículo 40 ejusdem, y el artículo 38 del Reglamento de la CIJ (Reglamento).

En esta demanda Guyana solicitó a la CIJ: declarar la validez y efecto vinculante del laudo de 1899 y el respeto del límite establecido en el Acuerdo de 1905; que Venezuela retire la ocupación en la parte oriental de la isla de Anacoco y demás territorios reconocidos por el Laudo Arbitral de París y el acuerdo de 1905; que Venezuela no amenace ni utilice la fuerza para impedir el desarrollo de las actividades económicas de Guyana en su territorio; y declarar la responsabilidad de Venezuela por la violación de la soberanía de Guyana y, en consecuencia, por las lesiones a su derecho.

Por esta razón y en virtud de la importancia que tiene ahora para Venezuela la CIJ, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Católica Andrés Bello, bajo la dirección del profesor César Carballo Mena, estimó pertinente incorporar dentro de sus líneas de investigación el estudio de la CIJ y su régimen jurídico -también conocida como Corte Mundial- órgano principal de la Organización de Naciones Unidas que tiene la misión de administrar justicia entre los Estados y donde se refleja el trascendental compromiso de la comunidad internacional con la resolución pacífica de los conflictos entre los Estados. Además, la CIJ es uno de los grandes referentes del derecho internacional público que constituye un medio auxiliar del contencioso entre Estados, aunado a su importante labor consultiva.

Información adicional

Año

2024

Autor

Rafael Badell Madrid

COLECCION

LETRAVIVA

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